Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
Directiva 2013/36/ue del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Junio de 2013, Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión, por la que se Modifica la Directiva 2002/87/ce y se Derogan las Directivas 2006/48/ce y 2006/49/ce. (Anotado)
Reseña del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
- Estado: Vigente
- Órgano: Parlamento Y Consejo De La Union Europea
- Rango: Directiva Ce
- Ámbito: Europea
- Medio: Diario Oficial De La Union Europea (Serie L) (DOUEL)
- Vigencia: desde 28 de Junio de 2013
- Preparada: 26-6-2013
- Fecha de Inicio: 28 de Junio de 2013
- Legislatura: X Legislatura
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/directiva-2013-36-ue/
- Metadatos de Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
Documentos Relacionados con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
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Sumario del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
Título I: Objeto, Ámbito de Aplicación y Definiciones
Título II: Autoridades Competentes
- Artículo 4: Designación y Facultades de las Autoridades Competentes
- Artículo 5: Coordinación en los Estados Miembros
- Artículo 6: Cooperación Dentro del Sistema Europeo de Supervisión Financiera
- Artículo 7: Dimensión de la Supervisión a Escala de la Unión
Título III: Requisitos de Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito
- Capítulo 1: Requisitos Generales de Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito
- Artículo 8: Autorización
- Artículo 9: Prohibición de la Actividad de Recepción de Depósitos u Otros Fondos Reembolsables Procedentes de Particulares por Personas o Empresas que No Sean Entidades de Crédito
- Artículo 10: Programa de Actividades y Estructura de la Organización
- Artículo 11: Necesidades Económicas
- Artículo 12: Capital Inicial
- Artículo 13: Dirección Efectiva de la Actividad y Localización de la Administración Central
- Artículo 14: Accionistas y Socios
- Artículo 15: Denegación de Autorización
- Artículo 16: Consulta Previa a las Autoridades Competentes de Otros Estados Miembros
- Artículo 17: Sucursales de Entidades de Crédito Autorizadas en Otro Estado Miembro
- Artículo 18: Revocación de la Autorización
- Artículo 19: Denominación de la Entidad de Crédito
- Artículo 20: Notificación a la Abe de la Autorización y de la Revocación de la Autorización
- Artículo 21: Exenciones Aplicables a las Entidades de Crédito Afiliadas de Forma Permanente a Un Organismo Central
- Capítulo 2: Participación Cualificada en Una Entidad de Crédito
- Artículo 22: Notificación y Evaluación de las Adquisiciones Propuestas
- Artículo 23: Criterios de Evaluación
- Artículo 24: Cooperación entre las Autoridades Competentes
- Artículo 25: Notificación en Caso de Cesión
- Artículo 26: Obligaciones de Información y Sanciones
- Artículo 27: Criterios de Definición de las Participaciones Cualificadas
Título IV: Capital Inicial de las Empresas de Inversión
- Artículo 28: Capital Inicial de las Empresas de Inversión
- Artículo 29: Capital Inicial de Determinados Tipos de Empresas de Inversión
- Artículo 30: Capital Inicial de las Empresas Locales
- Artículo 31: Cobertura de Empresas No Autorizadas a Tener en Depósito Dinero o Valores de Clientes
- Artículo 32: Disposiciones sobre Derechos Adquiridos
Título V: Disposiciones Relativas a la Libertad de Establecimiento y a la Libre Prestación de Servicios
- Capítulo 1: Principios Generales
- Capítulo 2: Derecho de Establecimiento de las Entidades de Crédito
- Capítulo 3: Ejercicio de la Libre Prestación de Servicios
- Capítulo 4: Facultades de las Autoridades Competentes del Estado Miembro de Acogida
- Artículo 40: Requisitos de Información
- Artículo 41: Medidas Adoptadas por las Autoridades Competentes del Estado Miembro de Origen en Relación con Actividades Efectuadas en el Estado Miembro de Acogida
- Artículo 42: Motivación y Comunicación
- Artículo 43: Medidas Cautelares
- Artículo 44: Facultades de los Estados Miembros de Acogida
- Artículo 45: Medidas en Caso de Revocación de Una Autorización
- Artículo 46: Publicidad
Título VI: Relaciones con Terceros Países
- Artículo 47: Notificación en Relación con Sucursales de Terceros Países y Condiciones de Acceso Aplicables a las Entidades de Crédito a las que Pertenecen Esas Sucursales
- Artículo 48: Cooperación con las Autoridades de Supervisión de Terceros Países Respecto a la Supervisión en Base Consolidada
Título VII: Supervisión Prudencial
- Capítulo 1: Principios de la Supervisión Prudencial
- Sección I: Competencias y Deberes de los Estados Miembros de Origen y de Acogida
- Sección II: Intercambio de Información y Secreto Profesional
- Artículo 53: Secreto Profesional
- Artículo 54: Uso de Información Confidencial
- Artículo 55: Acuerdos de Cooperación
- Artículo 56: Intercambio de Información entre Autoridades
- Artículo 57: Intercambio de Información con los Órganos de Supervisión
- Artículo 58: Transmisión de Información Relativa a Aspectos Monetarios, Protección de Depósitos, Sistémicos y Pago
- Artículo 59: Transmisión de Información a Otros Organismos
- Artículo 60: Divulgación de Información Obtenida en las Comprobaciones e Inspecciones In Situ
- Artículo 61: Divulgación de Información Relativa a los Servicios de Compensación y Liquidación
- Artículo 62: Tratamiento de Datos Personales
- Sección III: Obligaciones de las Personas Encargadas de la Auditoría Legal de las Cuentas Anuales y Consolidadas
- Sección IV: Facultades de Supervisión, Facultad Sancionadora y Derecho de Recurso
- Artículo 64: Facultades de Supervisión y Facultad Sancionadora
- Artículo 65: Sanciones Administrativas y Otras Medidas Administrativas
- Artículo 66: Sanciones Administrativas y Otras Medidas Administrativas Aplicables en Caso de Incumplimiento de los Requisitos de Autorización y de los Requisitos Aplicables a las Adquisiciones de Participaciones Cualificadas
- Artículo 67: Otras Disposiciones
- Artículo 68: Publicación de las Sanciones Administrativas
- Artículo 69: Intercambio de Información sobre Sanciones y Mantenimiento de Una Base de Datos por la Abe
- Artículo 70: Aplicación Efectiva de Sanciones y Ejercicio de las Facultades Sancionadoras por Parte de las Autoridades Competentes
- Artículo 71: Notificación de Infracciones
- Artículo 72: Derecho de Recurso
- Capítulo 2: Procesos de Revisión
- Sección I: Proceso de Evaluación de Laadecuación del Capital Interno
- Sección II: Sistemas, Procedimientos y Mecanismos de las Entidades
- Subsección 1: Principios Generales
- Subsección 2: Criterios Técnicos Relativos a la Organización y el Tratamiento de los Riesgos
- Artículo 76: Tratamiento de los Riesgos
- Artículo 77: Métodos Internos para el Cálculo de los Requisitos de Fondos Propios
- Artículo 78: Establecimiento de Referencias de Supervisión de los Métodos Internos para el Cálculo de los Requisitos de Fondos Propios
- Artículo 79: Riesgo de Crédito y de Contraparte
- Artículo 80: Riesgo Residual
- Artículo 81: Riesgo de Concentración
- Artículo 82: Riesgo de Titulización
- Artículo 83: Riesgo de Mercado
- Artículo 84: Riesgo de Tipos de Interés Derivado de Actividades Ajenas a la Cartera de Negociación
- Artículo 85: Riesgo Operativo
- Artículo 86: Riesgo de Liquidez
- Artículo 87: Riesgo de Apalancamiento Excesivo
- Subsección 3: Gobierno Corporativo
- Artículo 88: Sistemas de Gobierno Corporativo
- Artículo 89: Informes por País
- Artículo 90: Divulgación del Rendimiento de los Activos
- Artículo 91: Órgano de Dirección
- Artículo 92: Políticas de Remuneración
- Artículo 93: Entidades Beneficiarias de la Intervención Pública
- Artículo 94: Elementos Variables de la Remuneración
- Artículo 95: Comité de Remuneraciones
- Artículo 96: Mantenimiento de Una Página Web sobre Gobierno Corporativo y Remuneraciones
- Sección III: Proceso de Revisión y Evaluación Supervisoras
- Artículo 97: Revisión y Evaluación Supervisoras
- Artículo 98: Criterios Técnicos Aplicables a la Revisión y Evaluación Supervisoras
- Artículo 99: Programa de Examen Supervisor
- Artículo 100: Pruebas de Resistencia con Fines de Supervisión
- Artículo 101: Revisión Permanente de la Autorización de Utilizar Métodos Internos
- Sección IV: Medidas y Facultades de Supervisió N
- Artículo 102: Medidas de Supervisión
- Artículo 103: Aplicación de Medidas de Supervisión a Entidades con Perfiles de Riesgo Similares
- Artículo 104: Facultades de Supervisión
- Artículo 105: Requisitos Específicos de Liquidez
- Artículo 106: Requisitos Específicos de Publicación
- Artículo 107: Coherencia de las Revisiones Supervisoras, Evaluaciones y Medidas de Supervisión
- Sección V: Nivel de Aplicación
- Capítulo 3: Supervisión en Base Consolidada
- Sección I: Principios Aplicables a la Supervisión en Base Consolidada
- Artículo 111: Determinación del Supervisor en Base Consolidada
- Artículo 112: Coordinación de las Actividades de Supervisión por el Supervisor en Base Consolidada
- Artículo 113: Decisiones Conjuntas sobre Requisitos Prudenciales Específicos en Función de las Entidades
- Artículo 114: Requisitos de Información en Situaciones de Urgencia
- Artículo 115: Acuerdos de Coordinación y Cooperación
- Artículo 116: Colegios de Supervisores
- Artículo 117: Obligaciones de Cooperación
- Artículo 118: Comprobación de Información Relativa a Entes de Otros Estados Miembros
- Sección II: Sociedades Financieras de Cartera, Sociedades Financieras Mixtas de Cartera y Sociedades Mixtas de Cartera
- Artículo 119: Inclusión de Sociedades de Cartera en la Supervisión Consolidada
- Artículo 120: Supervisión de Sociedades Financieras Mixtas de Cartera
- Artículo 121: Cualificación de los Directivos
- Artículo 122: Solicitudes de Información y Comprobaciones
- Artículo 123: Supervisión
- Artículo 124: Intercambio de Información
- Artículo 125: Cooperación
- Artículo 126: Sanciones
- Artículo 127: Evaluación de la Equivalencia de la Supervisión Consolidada de Terceros Países
- Sección I: Principios Aplicables a la Supervisión en Base Consolidada
- Capítulo 4: Colchones de Capital
- Sección I: Colchones de Capital
- Artículo 128: Definiciones
- Artículo 129: Obligación de Mantener Un Colchón de Conservación de Capital
- Artículo 130: Obligación de Mantener Un Colchón de Capital Anticíclico Específico de Cada Entidad
- Artículo 131: Entidades de Importancia Sistémica Mundial y Otras Entidades de Importancia Sistémica
- Artículo 132: Informes
- Artículo 133: Obligación de Mantener Un Colchón Contra Riesgos Sistémicos
- Artículo 134: Reconocimiento del Porcentaje de Colchón Contra Riesgos Sistémicos
- Sección II: Fijación y Cálculo de los Colchones de Capital Anticíclicos
- Artículo 135: Orientaciones de la Jers sobre la Fijación de los Porcentajes de los Colchones Anticíclicos
- Artículo 136: Fijación de los Porcentajes de los Colchones Anticíclicos
- Artículo 137: Reconocimiento de los Porcentajes de Colchones Anticíclicos Superiores al 2,5 %
- Artículo 138: Recomendación de la Jers sobre los Porcentajes de Colchones Anticíclicos de Terceros Países
- Artículo 139: Decisión de las Autoridades Designadas sobre los Porcentajes de Colchones Anticíclicos para Terceros Países
- Artículo 140: Cálculo de los Porcentajes de Colchón de Capital Anticíclico Específico de Cada Entidad
- Sección III: Medidas de Conservación del Capital
- Sección I: Colchones de Capital
Título VIII: Publicación de Información por las Autoridades Competentes
- Artículo 143: Requisitos Generales de Publicación de Información
- Artículo 144: Requisitos Específicos de Publicación de Información
Título IX: Actos Delegados y de Ejecución
- Artículo 145: Actos Delegados
- Artículo 146: Actos de Ejecución
- Artículo 147: Comité Bancario Europeo
- Artículo 148: Ejercicio de la Delegación
- Artículo 149: Objeciones a las Normas Técnicas de Regulación
Título X: Modificaciones de la Directiva 2002/87/ce
Título XI: Disposiciones Transitorias y Finales
- Capítulo 1: Disposiciones Transitorias Relativas a la Supervisión de las Entidades que Ejerzan la Libertad de Establecimiento y la Libre Prestación de Servicios
- Artículo 151: Ámbito de Aplicación
- Artículo 152: Requisitos de Información
- Artículo 153: Medidas Adoptadas por las Autoridades Competentes del Estado Miembro de Origen en Relación con Actividades Efectuadas en el Estado Miembro de Acogida
- Artículo 154: Medidas Cautelares
- Artículo 155: Responsabilidad
- Artículo 156: Supervisión de la Liquidez
- Artículo 157: Colaboración en Materia de Supervisión
- Artículo 158: Sucursales Significativas
- Artículo 159: Comprobaciones In Situ
- Capítulo 2: Disposiciones Transitorias sobre los Colchones de Capital
- Capítulo 3: Disposiciones Finales
Anexo I: Lista de Actividades Objeto de Reconocimiento Mutuo
Anexo II: Tabla de Correspondencias
Comentarios al Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
1.- Generalidades
- Acrónimo Coloquial del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión:
- Nombre coloquial del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión:
- Otra Normativa aprobada en la X Legislatura
- Servicio de Tabla de Contenidos
- Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión en el Índice Alfabético de Disposiciones
2.-Concordancias con otros Preceptos
3.-Resoluciones Judiciales en relación al Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
En esta sección se ofrecen sumarios de sentencias relacionadas con Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia internacional relacionada con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
- Búsqueda de Datos sobre el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
4.-Doctrina
En esta sección se ofrecen vínculos y referencias a material administrativo y fuentes secundarias que citan el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión, incluyendo referencias de investigación jurídica sobre el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión.
5.-Legislación Comparada
6.-Información Relacionada con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
6.1.-Reglamentos promulgados en virtud del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
6.2.-Notas Históricas e Historia Legislativa del Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión
- No hay afectaciones en esta Norma
6.3.-Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Directiva 2013/36/ue Relativa al Acceso a la Actividad de las Entidades de Crédito y a la Supervisión Prudencial de las Entidades de Crédito y las Empresas de Inversión.